2007/11/07

La güera sentencia del 11-M



Hasta en eso nos abochorna el personal. Cuando los españoles aprendíamos ortografía, había faltas y faltas: dudar entre la be y la uve, entre poner la hache o no ponerla, podía ser disculpable y sin duda era redimible; pero escribir agüelo o güevo tenía más bien algo de marca oprobiosa, como el uso de jolines o -nuevamente- cacagüés. ¡Quién nos iba a decir que en las cimas de la judicatura llegaría el día en que se escribiera de güeras argumentaciones!

Pues ahí está, en la güera sentencia, más de una vez, junto con ateniente y otras finuras.

Güera de verdad es la sentencia, pero hay que leerla, al menos para convencerse de que esto no es un mal sueño. Tampoco es tan larga como dicen. Sí que son casi 800 folios, pero muy ligeritos de letra, porque nuestros tribunales no están para ahorrar papel; y lo importante no llega a 350: lean los folios 4 a 15, 172 a 228, 423 a 485 y 500 a 708, y estarán en condiciones de responder al amigo extranjero que les pregunte.

Ahora bien, ¿qué contar del vacío? Cuando casi todo son omisiones, no es fácil extractar (¡ex-traer de donde no hay!). Aquí no hay ni esto ni lo otro, pasa el tiempo y va habiendo menos; ¡qué pena que el proceso de reducción no pueda perfeccionarse del todo con la evaporación final del 11-M, como se subliman algunas sustancias mal guardadas hasta desaparecer! ¡Qué manía la de algunos de seguir mirando al pasado! Desde hace una semana, el Vale ya se va haciendo atronador.

hay cosas en la sentencia. Cosas que nos hacen levitar. Apuntemos a un par de ellas. Otro día más.

Primera, el para qué. ¿Para qué se hizo la carnicería del 11 de marzo de 2004 en Madrid? La sentencia nos lo dice en sus folios 172 y 173, al comienzo de los "Hechos probados":

Sarhane Ben Abdelmajid Fakhet, Jamal Ahmidan, alias El Chino, Mohamed Oulad Akcha, Rachid Oulad Akcha, Abdennabi Kounjaa, Asrih Rifaat Anouar, Allekema Lamari y una octava persona que no ha sido identificada, junto con otras que se dirán, en la mañana del día 11 de marzo de 2004 colocaron, en cuatro trenes de la red de cercanías de Madrid, trece artilugios explosivos de iniciación eléctrica compuestos por dinamita plástica y detonador alimentados y temporizados por un teléfono celular o móvil.
Los nombrados, sobre las 21 horas del día 3 de abril de 2004, ante la inminencia de su detención por la policía, que les tenía cercados en la vivienda que ocupaban en la calle Martín Gaite núm. 40, piso 1º A, de Leganés, decidieron suicidarse detonando varias cargas de dinamita de la marca Goma 2 ECO que, además de causarles la muerte a ellos, mataron al subinspector del Grupo Especial de Operaciones del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Javier Torronteras.
Los ocho ocupantes del piso junto con los procesados Rabei Osman Al Sayed Ahmed, Hassan el Haski, Youseff Belhajd, Abdelmajid Bouchar, Jamal Zougam, Basel Ghalyoun, Otman el Gnaoui, Gnaout o Kanoui, Mohamed Larbi Ben Sellam, Rachif Aglif, Mohannad Almallah Dabas, Fouad el Morabit Anghar, Mohamed Bouharrat, Saed el Harrak y Hamed Ahmidan, son miembros de células o grupos terroristas de tipo yihadista que, por lo que ahora interesa, mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria.

Y en el folio 626:

Hemos de partir de un hecho aceptado por todas las acusaciones y, en mayor o menor grado, por los procesados a quienes afecta:
Los acusados no españoles -incluidos varios de los que se suicidaron en Leganés- se dedicaban al tráfico de sustancias estupefacientes, falsificaciones de documentos y otros delitos con fines lucrativos. Y los españoles al tráfico de estupefacientes y de explosivos para obtener beneficio económico.
Ocurre que algunos de los que luego cometen los atentados aprovechan esa cierta estructura y vinculación delictiva previa entre ellos que sólo tenía como fin el lucro para, cometiendo actos terroristas, imponer su voluntad por la fuerza, lo que incluye, como fin último, instaurar un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria.

Hoy mismo dicen que lo ha estilizado aún más el Fiscal General del Estado en sede parlamentaria:

"Si uno le pregunta a cualquier europeo por el terrorismo islamista, sabe que el por qué de los terroristas islamistas es atacar la sociedad occidental y España al estar en esa sociedad occidental era objetivo, no necesitamos profundizar más en por qué los islamistas nos atacan", aseguró Conde-Pumpido en el Congreso de los Diputados donde presentó ante los grupos la Memoria de la Fiscalía General del Estado del año 2006.

Ya está, vale ya. Levitemos ahora por otra cuestión, contenida en este sucinto apartado del folio 476 de la sentencia, que como modelo de prosa tampoco tiene par:

I. 2.9. Nulidad instada por la defensa de ZOUHIER por haberse desguazado los trenes privándole de la inspección ocular de ellos.
El motivo carece de contenido, la admisión por no exclusión expresa en el auto de señalamiento de una prueba imposible por inexistencia del objeto antes del dictado de la resolución no puede determinar nulidad alguna.
En todo caso, será en la valoración de la prueba donde se determine la trascendencia de la imposibilidad que ha tenido la parte de examinar los trenes que, como consta en el rollo de Sala, fueron desguazados el 13 de marzo de 2004, lo que se comunicó a la parte por providencia de 12 de junio de 2007.

La diligencia citada puede verse aquí. Datos de la empresa que hizo el desguace, aquí.

¿Quién dio la orden? No lo sabemos. ¿Hay rastro de ella en los primeros tomos del sumario, donde se recogen los mandatos y autorizaciones judiciales de esos días? No. Lo que ahí se acredita es que el día 12 aún aparecían restos humanos en los trenes. ¿Y lo que se dice sobre conservación de pruebas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal? Bah. ¿Y ni siquiera se pudo esperar al lunes? Porque el 13 y el 14 eran sábado y domingo. Hombre..., ¡eso a los sindicatos!
.

Etiquetas: ,